Un informe concluye que los bienes en litigio son propiedad de Lérida

ALTO ARAGÓN – PATRIMONIO


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El documento ha sido encargado por la asociación Amics del Museu
D.A.

12/08/2009


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HUESCA.- El profesor de Derecho Civil de la Universidad Complutense de Madrid José Castañeda ha realizado un informe en el que concluye que los bienes de arte en litigio son propiedad del Obispado de Lérida por la transmisión de las piezas por compraventa, permuta o donación o, llegado el caso, por usucapión, la tenencia pacífica y continuada de unas obras durante más de cien años. Así lo recoge el documento, elaborado a instancias de la Asociación Amics del Museu de Lleida, según informó en su edición de ayer el diario leridano La Mañana.

El profesor considera que es el Código Civil el que debe primar en el caso de la propiedad de las obras, puesto que es el que imperaba cuando el obispo Messeguer “realizó las compraventas, permutas y donaciones”, y apunta que el obispo Messeguer tampoco necesitaba permiso de nadie para obrar, puesto que era el “ordinario del lugar”.

José Castañeda afirma que, “aunque no se hubiese transferido la propiedad”, que recuerda que no es el caso, “Lérida también puede alegar la institución de la usucapión”, y argumenta que las leyes hablan de un periodo de dos a tres años, mientras que las obras están en Lérida desde hace más de un siglo, por lo que -dice- aunque no hubiera habido “buena fe”, el caso también hubiera prescrito.

Respecto al recurso presentado por el Obispado de Barbastro-Monzón y el GA en el Juzgado barbastrense para hacer cumplir las resoluciones del Vaticano que ordenan la devolución de los bienes, el jurista recuerda que en los propios escritos del juzgado de Barbastro se reconoce que se trata de una resolución administrativa, por lo que dice que no hay posibilidad de que se pueda cumplir en España al no tratarse propiamente de una sentencia. A su juicio, se trata de un “derecho internacional privado”. El informe de José Catañeda niega que las obras estén en depósito.

Tras conocer la existencia de este informe, el abogado ribagorzano Jorge Español consideró que este documento “sólo pretende confundir y poner en cuestión las sentencias vaticanas”, y apuntó que este profesor “ignora que se aplicaba el Concordato de 1851 en la época de Meseguer, y es este Tratado internacional con superior rango al Código Civil el que se debe aplicar” en este litigio.

Aseveró que ni el obispo Meseguer ni sus párrocos tuvieron intención alguna de trasmitir la propiedad de las parroquias al Obispado. Asimismo, Español apuntó que no se trata de un conflicto de Derecho Internacional Privado “ni por asomo, porque se trata de un conflicto entre personas eclesiásticas españolas”. Concluye diciendo que hay que “rechazar este informe totalmente parcial y sin fundamento alguno”.

Un informe concluye que los bienes en litigio son propiedad de Lérida.

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