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Iglesias crea en Aragón la Academia del Catalán

El presidente de la Comunidad deja aprobado el reglamento de este nuevo organismo antes de abandonar el cargo

Día 20/04/2011 – 03.29h

El secretario de Organización del PSOE y presidente de Aragón, Marcelino Iglesias, ha dejado encarrilada la regulación del catalán como «lengua propia» de Aragón antes de abandonar el cargo. No se presenta a la reelección en los comicios de mayo —le sustituye como candidata Eva Almunia—, aunque sí que va en la lista del PSOE a las Cortes de Aragón por la provincia de Huesca.

En 2009, Iglesias sacó adelantela ley que declara el catalán como «lengua propia» de Aragón. Para esquivar la polémica —que no logró evitar—, en el proyecto de ley del PSOE se alude al catalán específico de ciertas partes de la región. Lo presentó así como un catalán de Aragón, diferenciado, pero la fórmula no convenció ni al PP ni al PAR, socio de gobierno de Iglesias.

Los aragonesistas se unieron al PP para votar en contra, pero Iglesias —natural de Bonansa (Huesca) y catalano-parlante— logró que se aprobara la ley apoyándose en los votos favorables de los nacionalistas de Chunta Aragonesista (CHA).

La Ley de Lenguas que incluía al catalán como propio de Aragón distanció a PSOE y PAR, aunque no rompió la coalición de gobierno. En cualquier caso, consciente de lo espinoso del asunto, Iglesias no ha tenido especial interés en desplegar con todos sus efectos dicha Ley de Lenguas. La ha tenido «al ralentí» desde entonces, pero, a prácticamente un mes de las elecciones, ha querido dar un paso más y ha aprobado el reglamento de la nueva Academia Aragonesa del Catalán.

Tensión entre los socios

El decreto lo ha emitido el Gobierno de Aragón, del que sigue formando parte el PAR. Y que haya sido así, y en este momento, ha incomodado al PAR, que de por sí ya ha marcado un claro distanciamiento con el PSOE y ha apostado por un discurso regionalista de centro-liberal que le aproxima más a las posiciones del PP.

Fuentes del PAR han indicado a ABC que no han visto con buenos ojos que el PSOE haya impulsado el decreto de la Academia Aragonesa del Catalán a prácticamente un mes de las elecciones. «No es inteligente, no era el momento», han indicado desde el PAR, abiertamente contrarios a la Ley de Lenguas tal y como salió aprobada en 2009 y que abogan precisamente por su revisión en la próxima legislatura.

Entre otras cosas, para que el catalán no aparezca como lengua de Aragón, algo en lo que es seguro que encontrarán el respaldo del PP. Ambos partidos coinciden en que no se puede admitir que se identifique como catalán a las modalidades lingüísticas que se hablan históricamente en las comarcas aragonesas limítrofes con Cataluña. Advierten que eso supone normalizarlas, hacer tabla rasa y abrir las puertas al catalán oficial en suelo aragonés, con las consecuencias sociales y culturales que conlleva, y con la utilización en interés propio que pueden hacer los nacionalistas catalanes en el futuro.

La sede, en Zaragoza

Pero la división que genera el asunto no ha frenado a Iglesias a dar un paso más para el desarrollo de esta polémica Ley de Lenguas, antes de las elecciones y de que abandone el cargo de presidente de Aragón. Hoy entra en vigor el decreto que ha dejado aprobado, el reglamento de la Academia Aragonesa del Catalán. En él se establece que este nuevo organismo tendrá su sede administrativa en Zaragoza, aunque se podrán establecer «subsedes territoriales». Lo integrarán «un máximo de 21 académicos de número y un número indeterminado de académicos correspondientes y de honor», que serán elegidos entre «filólogos, personalidades de las letras, de la enseñanza, de la comunicación y/o de la investigación de reputada solvencia en el ámbito del catalán en Aragón o contar con una producción reconocida en el campo de dicha lengua».

Entre las funciones que se le asignan a esta Academia figuran «estimular el uso, enseñanza y difusión del catalán en Aragón», y «colaborar en la formación del profesorado» —de lo que se deduce una apuesta por reforzar la presencia del catalán en las aulas de las comarcas limítrofes con Cataluña—.

Más gasto

La Academia supondrá un coste añadido con cargo a los presupuestos de la Comunidad autónoma. El mismo reglamento que hoy entra en vigor indica que este nuevo organismo contará con partida propia en el presupuesto que cada año aprueben las Cortes para el Gobierno aragonés.

Además, se le reconoce también la opción de obtener financiación complementaria con vías como «créditos, préstamos y otras operaciones que pueda concertar, con la autorización previa del Gobierno de Aragón».

Iglesias crea en Aragón la Academia del Catalán – ABC.es.

SECCIÓN I. Disposiciones Generales.

Rango: DECRETO

Fecha de disposición: 5/04/11

Fecha de Publicación: 18/04/11

Número de boletín: 77

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Título: DECRETO 89/2011, de 5 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban los Estatutos de la Academia Aragonesa del Catalán.

Documento en PDFFirma Registros

Texto:

El Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 71.4 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva sobre lenguas y modalidades lingüísticas propias.

En ejercicio de dicha competencia, se aprobó la Ley 10/2009, de 22 de diciembre, de uso, protección y promoción de las lenguas propias de Aragón, cuyo objeto se configura en su artículo 1 como el de reconocer la pluralidad lingüística de Aragón y garantizar a los aragoneses el uso de sus lenguas y modalidades lingüísticas propias como un legado cultural histórico que debe ser conservado. Es asimismo objeto de esta Ley propiciar la conservación, recuperación, promoción, enseñanza y difusión de las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón.

Dicha Ley regula, en su artículo 15, las Academias de las lenguas aragonesas, de modo que se crean la Academia de la Lengua Aragonesa y la Academia Aragonesa del Catalán como instituciones científicas oficiales que constituyen la autoridad lingüística del aragonés y del catalán en Aragón, respectivamente, y corresponde al Gobierno de Aragón aprobar los estatutos de cada una de las Academias en los que se fijará su composición, organización y funcionamiento.

Por otra parte, el Decreto 18/2009, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, con la modificación introducida por el Decreto 140/2010, de 20 de julio, del Gobierno de Aragón, en el subapartado ad), apartado 2 del artículo 1, atribuye a este Departamento la competencia en política lingüística.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte y, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 5 de abril de 2011,

Artículo único.-Se aprueban los Estatutos de la Academia Aragonesa del Catalán, que se incorporan con Anexo a este Decreto.

Disposición transitoria.

En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de estos Estatutos la Academia Aragonesa del Catalán se dotará de un Reglamento de régimen interno, aprobado por la mayoría absoluta del Pleno, que desarrollará e integrará lo dispuesto en los Estatutos y el resto de la normativa aplicable.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza, 5 de abril de 2011.

Artículo 1. Naturaleza.

La Academia Aragonesa del Catalán es una institución científica de carácter oficial y público, que constituye la autoridad lingüística del catalán en Aragón, y goza de personalidad jurídica propia y ejerce sus funciones con autonomía orgánica, funcional y presupuestaria, para garantizar su objetividad e independencia.

Artículo 2. Fines.

Los fines de la Academia Aragonesa del Catalán son:

a) Investigar y formular las normas gramaticales, en su caso, del catalán en Aragón teniendo en cuenta sus variedades lingüísticas.

b) Inventariar y actualizar su léxico.

c) Estimular el uso, enseñanza y difusión del catalán en Aragón y de sus distintas modalidades.

d) Defender y promover el catalán en Aragón y sus modalidades y velar por los derechos lingüísticos de los hablantes del catalán en Aragón.

d) Colaborar en la formación del profesorado.

e) Establecer el criterio de autoridad en las cuestiones relativas a la normativa, actualización y uso correcto de la lengua catalana en Aragón

f) Asesorar a los poderes públicos e instituciones sobre temas relacionados con el uso correcto del catalán en Aragón, su promoción social, así como sobre la determinación oficial de los topónimos (los nombres oficiales de los territorios, los núcleos de población y las vías interurbanas) y los antropónimos.

g) Las que, en el ámbito de su competencia, le encargue el Gobierno de Aragón.

Artículo 3. Régimen Jurídico.

La Academia Aragonesa del Catalán se rige por estos Estatutos y por su Reglamento de régimen interno, sin perjuicio de lo que establece la normativa general para estas instituciones.

Artículo 4. Normativa lingüística.

Cuando las instituciones públicas aragonesas deban utilizar el catalán en Aragón estarán obligadas a utilizar la norma lingüística que corresponda a la declaración de uso histórico efectuada para dicha lengua.

Artículo 5. Sede.

La Academia Aragonesa del Catalán tiene su sede institucional en el lugar que determine su Reglamento de régimen interno y su sede administrativa en Zaragoza. Esta última podrá ser compartida con los demás órganos y servicios previstos por la Ley 10/2009 de uso, promoción y protección de las lenguas propias de Aragón, o que se creen en desarrollo de esta.

Sin perjuicio de ello se podrán establecer subsedes territoriales y se podrán celebrar sesiones en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 6. Lengua de la Academia.

El catalán en Aragón con sus modalidades, lengua propia de Aragón, lo es también de la Academia Aragonesa del Catalán.

Artículo 7. Académicos.

La Academia Aragonesa del Catalán se compondrá de un máximo de 21 académicos de número y de un número indeterminado de académicos correspondientes y académicos de honor.

Artículo 8. Requisitos de los académicos de número.

En virtud de lo establecido en la Ley 10/2009, los académicos de número deberán ser filólogos, personalidades de las letras, de la enseñanza, de la comunicación y/o de la investigación de reputada solvencia en el ámbito del catalán en Aragón o contar con una producción reconocida en el campo de dicha lengua.

Artículo 9. Cese de los académicos de número.

Los académicos de número cesarán en su condición en los casos siguientes:

a) Por defunción.

b) Por renuncia expresa.

c) Por incapacidad manifiesta o inhabilitación declarada por resolución judicial firme.

Artículo 10. Derechos y deberes.

1. Son derechos de los académicos de número:

a) Asistir, con voz y voto a las reuniones de los órganos de los cuales formen parte, así como acceder a los acuerdos y resoluciones adoptados por cualquiera de los órganos de la Academia.

b) Poder ser elegidos como miembro de los órganos de gobierno de la Academia.

2. Son deberes de los académicos:

a) Asistir a todas las reuniones de los órganos de la Academia de los cuales forme parte y cumplir las obligaciones inherentes a los cargos y a las funciones para las cuales han sido elegidos.

b) Mantener la confidencialidad de las reuniones que se acuerde que sean de carácter reservado.

Artículo 11. Órganos de Gobierno.

Son órganos de gobierno de la Academia Aragonesa del Catalán:

1. El Pleno.

2. La Junta de Gobierno.

3. El Presidente.

Artículo 12. Del Pleno

El Pleno es el órgano máximo de la Academia y estará formado por la totalidad de los miembros de número.

El Pleno resuelve todo lo que se refiere a la vida colectiva de la Academia, aprueba las líneas generales de actuación y el presupuesto y controla la gestión de los cargos y de los otros órganos de gobierno.

Podrá ser ordinario o extraordinario. Su funcionamiento se regirá por lo que establezca el Reglamento de régimen interno.

Artículo 13.-De la Junta de Gobierno.

1. La Academia contará con una Junta de Gobierno que actúa por delegación del Pleno y ejerce el gobierno ordinario de la institución. Su funcionamiento se regirá por lo que establezca el Reglamento de régimen interno.

2. Estará formada por el Presidente, el Vicepresidente, el Tesorero, el Secretario y los vocales que, en su caso, establezca el Reglamento de régimen interno.

Artículo 14. Del Presidente.

1. El Presidente es el representante ordinario de la Academia, preside el Pleno, la Junta Directiva y cuida la ejecución de los acuerdos.

2. El Presidente será elegido por el Pleno de entre sus miembros de número por mayoría absoluta.

3. El Presidente elegido será nombrado por decreto del Presidente del Gobierno de Aragón y tomará posesión en acto público y solemne.

4. El Presidente será sustituido, en casos de ausencia, enfermedad o vacante, por el Vicepresidente.

Artículo 15. Cese.

El presidente cesará por:

a) Finalización del mandato.

b) Renuncia.

Artículo 16. Del Vicepresidente.

Corresponde al Vicepresidente:

1. Asumir las funciones del Presidente en su ausencia o por delegación expresa de este.

2. Colaborar en cuantos asuntos le pueda requerir el presidente para el buen funcionamiento de la entidad.

Artículo 17. Del Secretario.

El Secretario de la Academia, elegido por mayoría simple por el Pleno tiene entre sus atribuciones:

a) Preparar y cursar el orden del día de las sesiones de la Academia, previamente fijado por el Presidente.

b) Redactar, autorizar y certificar las actas.

c) Llevar el libro de actas.

d) Las otras que se determinen por estos Estatutos y el Reglamento de régimen interno.

Artículo 18. El Tesorero.

Corresponde al Tesorero:

1. Responsabilizarse del patrimonio y de la contabilidad de la Academia.

2. Realizar los cobros y pagos necesarios para el normal funcionamiento de la Academia.

3. Elaborar las cuentas anuales y el balance para su aprobación en el Pleno Extraordinario, además de rendir cuentas ante el Presidente o ante la Junta de Gobierno cuando estos lo requieran o él lo estime oportuno.

Artículo 19. De los órganos de trabajo.

1. Las secciones y las comisiones son los órganos de estudio, de información y de asesoramiento de la Academia.

2. Las secciones son órganos colegiados estables creados por el Pleno, que atienden con carácter general las competencias básicas atribuidas a la Academia.

3. Las comisiones son órganos de carácter eventual que puede crear el Pleno con una finalidad concreta, cumplida la cual se extinguirán.

Artículo 20. De las relaciones externas de la Academia.

1. Corresponde al Presidente y a la Junta de Gobierno la proyección externa de las actividades de la Academia.

2. La Academia podrá establecer relaciones con las diversas instituciones afines de las otras lenguas del Estado.

3. La Academia podrá firmar acuerdos y convenios de colaboración con otros organismos académicos, científicos y culturales.

Artículo 21. Del régimen patrimonial y económico.

La Academia podrá ostentar la propiedad de toda clase de bienes y derechos, de acuerdo con lo establecido en estos estatutos y en el resto las disposiciones vigentes, y, entre ellos, los siguientes:

a) Las consignaciones previstas en los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

b) Los bienes que le sean adscritos o cedidos por el Gobierno de Aragón o por cualquier otra administración pública, así como los que, por cualquier título, formen parte de su patrimonio.

c) Los productos y rentas de su patrimonio.

d) Los ingresos que obtenga, como contraprestación de sus servicios, actividades o productos.

e) Las subvenciones, herencias, legados, donaciones, patrocinios y cualquier otra aportación voluntaria de las entidades u organismos públicos o privados, así como de los particulares.

f) Los convenios y otros acuerdos de carácter económico con empresas e instituciones.

g) Los créditos, préstamos y otras operaciones que pueda concertar, con la autorización previa del Gobierno de Aragón.

h) Cualesquiera otros recursos que le puedan ser atribuidos.

Artículo 22. Del Presupuesto.

El presupuesto de la Academia, una vez aprobado por el Gobierno de Aragón, se integrará como sección en el proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 23. Adquisiciones de bienes.

La Academia Aragonesa del Catalán podrá adquirir los bienes que, de forma legal, acuerde el Pleno.

Artículo 24. De la reforma de los Estatutos.

1. A iniciativa del Presidente o a petición de un tercio de los académicos podrá plantearse la modificación de estos Estatutos, que deberá ser aprobada por la mayoría absoluta de los miembros de la Academia.

2. Una vez adoptado este acuerdo, la propuesta de modificación se elevará al Gobierno de Aragón para que sea aprobada definitivamente.

Boletín Oficial De Aragón.

Article d’Artur Quintana a la revista Beceroles

A la revista Beceroles, número 4, recentment editada, Artur Quintana ha publicat l’interessantíssim article “La Llei d’ús, protecció i promoció de les llengües pròpies d’Aragó. Unes consideracions”, on tracte dels precedents remots i directes de la Llei de Llengües i fa una anàlisi dels continguts més criticables.

La revista es pot trobar a la Llibreria Viladric http://www.la2deviladrich.cat/. També conté altres articles força interessants.

L’article d’Artur Quintana el podeu veure en pdf aquí.

mitjançantArticle d’Artur Quintana a la revista Beceroles « Lo finestró del Gràcia.

Us presentem un nou número de la revista beCeroles. Lletres de llengua i literatura, núm. 4 (2010), editada per la nostra associació.

En aquest número de 171 pàgines, dedicat a la memòria de Joan Solà, es poden llegir estudis de totes les comarques del nostre àmbit d’actuació:

 

MONTSIÀ

 

“Notes etnogràfiques en etnotextos del Montsià”, d’Àngela Buj Alfara

 

BAIX EBRE

 

“Els noms són les coses. Assaig sobre el llenguatge documentat en un plet civil del s. XVII. Arxiu de la Corona d’Aragó. Plet Civil 8238. El síndic de la batllia de Miravet contra la Ciutat de Tortosa”, de Josep Alanyà i Roig

 

RIBERA D’EBRE

 

“Panoràmica de la Fira del Llibre Ebrenc”, de Núria Grau Poyo

 

TERRA ALTA

 

“Els noms de lloc i de persona del Pinell de Brai”, d’Antònia Serres Buenaventura

 

MATARRANYA

 

“Llei d’ús, protecció i promoció de les llengües d’Aragó”, d’Artur Quintana i Font

 

PORTS

 

“Notes sobre el parlar de Villores”, de Joan Borràs-Comes

 

ALT MAESTRAT

 

“Fugint lo més possible de servilisme: la relació entre Seidia i Canigó”, de Carles Lluch

 

BAIX MAESTRAT

 

“Aproximació al parlar de Traiguera. Fonètica i morfologia”, de Noèlia Tena Gil

 

També podeu llegir l’article “Vint anys junts pel català”, de Jordi Duran i Suàrez, i la “Notícia bibliogràfica d’estudis literaris i de la llengua (2008-2010)”, d’Albert Aragonés Salvat, i una selecció d’etnotextos, en aquest cas, d’Aldover (Baix Ebre), Calaceit (Matarranya) i Cinctorres (Ports).

 

 

El preu de venda al públic és de 10 euros.

Si hi esteu interessats, poseu-vos en contacte amb aquesta llibreria:

 

La 2 de Viladrich

C/ Despuig, 22. 43500 Tortosa

Tel. 977 441 232

Web: http://www.la2deviladrich.cat/

Més informació: CEL

http://www.alcanar.com/entitats/cel/becerolesportada.htm

Programa d’actes d’ASCUMA dels pròxims mesos

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L’Associació Cultural del Matarranya hi serà present durant els pròxims mesos a les fires i trobades següents:

El dia 23 d’abril estarem a la Fira Cultural i d’Antiguitats de la Freixneda, amb un estand de llibres.

Els dies 14 i 15 de maig, amb les seues publicacions i treballs, a Andorra la Vella, participant en la VII edició del Recercat, jornades de cultura i recerca de les entitats de parla catalana.

Els dies 19, 20 i 21 estarem a Maella amb l’exposició “Ataüllar el món des del Molinar”, participant en el projecte ARCE d’Instituts de la Franja i Balears.

El dia 28 de maig tindrà lloc a Faió la presentació del darrer llibre publicat per l’ASCUMA, Literatura oral a Faió, Favara, Maella i Nonasp, dintre del marc del dia de la Comarca del Baix Aragó-Casp.

Està prevista la Fira de la Música i la Cultura “Cerç” a Massalió per als dies 3 i 4 de juny.

Els dies 4 i 5 de juny, l’ASCUMA estarà a Mora d’Ebre, participant en la Fira del Llibre Ebrenc amb l’exposició dels llibres i treballs i amb la participació del Dr. Quintana, Tomàs Bosque, Mònica Sales i Pere Navarro en el torn de presentacions de llibres

Els dies 6 i 7 d’agost se celebrarà la 21ª Trobada Cultural del Matarranya a la Freixneda (En el seu moment publicarem el programa d’actes)

ASCUMA » Blog Archive » Programa d’actes d’ASCUMA dels pròxims mesos.

    Me dic Manel Riu Fillat. Vaig Nàixer a Benavarri (Ribagorça) el 1965. Sic professor a l’IES de Tremp (Pallars) des de 1992. Tinc l’honor d’haver estat perseguit pel grup ultradretà FACAO com a conseqüència del meu activisme a la Franja en favor del català.

    (Ampliació)

    Ara sic candidat de SIP (Solidaritat Independentista del Pallars) dins la llista que ERC-SIP presenta a les properes eleccions municipals de Tremp. Qualsevol dia que no tinga jo guaire faena, pujaré a la torre de Montllobar per mirar de proclamar la República Ribagorçano-Pallaresa en el si de la República Federal Catalana Independent.

Blog de Manel Riu Fillat.

Francisco Javier Aguirre presenta “Remansos en el Matarranya y la Terra Alta” el sábado 16 a las 12:30 en librería Serret




Francisco Javier Aguirre presenta “Remansos en el Matarranya y la Terra Alta”, publicado por March Editor dentro de la colección Serretblog

Las comarcas del Matarraña/Matarranya y de la Terra Alta se sitúan en el lindero sur de Aragón y Cataluña constituyendo un territorio del máximo interés ambiental, paisajístico, cultural y turístico. Comparten en buena medida historia, economía, tradiciones, costumbres, gastronomía, lenguaje y demás elementos que conforman la idiosincrasia de un pueblo. Su relativo aislamiento geográfico en tiempos pasados ha propiciado la conservación de valores singulares que hoy, afortunadamente, son accesibles al visitante, al viajero y a cuantas personas se interesan por ellos.

Este libro es una crónica del sosiego y del bienestar en este territorio desde el punto de vista personal del autor –profundo conocedor del mismo desde hace más de treinta años–, que ha recorrido y ‘vivido’ uno a uno los establecimientos dedicados al turismo de calidad más emblemáticos de ambas comarcas.


Francisco Javier Aguirre nació en Logroño y reside en Zaragoza. Bibliotecario y escritor, colabora en distintos medios de comunicación con temas literarios y musicales. Su obra narrativa comenzó a publicarse en Madrid en 1977. Ha realizado una treintena de traducciones del inglés, francés e italiano, es experto en el mundo editorial y ha publicado más de veinte obras narrativas propias o en colaboración, prestando especial interés a los temas aragoneses. Destaca su ‘Trilogía del Matarraña’, de la mano de March Editores, en versión castellana y catalana. Próximamente aparecerá “Remansos del Matarraña y la Terra Alta”, una crónica turístico-literaria sobre este territorio.

Serret Bloc.

Francisco Javier Aguirre y Angélica Morales nos presentan “Del Matarraña a New York” el sábado 16 a las 12:30 en libreria Serret




Francisco Javier Aguirre y Angélica Morales nos presentan “Del Matarraña a New York” publicado por CERTEZA.

Novela epistolar, a la antigua usanza: vino nuevo en odres viejos. Personajes de hoy, rabiosamente actuales, opuestos en sus planteamientos vitales. Un hombre de la alta burguesía venida a menos y una muchacha de humilde cuna, actriz de profesión, relatan los avatares previos a su boda. Ella está realizando una gira por los Estados Unidos durante el verano, mientras él descansa en su casa solariega de Calaceite, implicado en los preparativos de la ceremonia. Con lenguaje chispeante y desenfadado se critican los usos burgueses y se hace un retrato de la vida azarosa de una actriz. El final de la trama es vertiginoso, inesperado y contundente.

Francisco Javier Aguirre nació en Logroño y reside en Zaragoza. Bibliotecario y escritor, colabora en distintos medios de comunicación con temas literarios y musicales. Su obra narrativa comenzó a publicarse en Madrid en 1977. Ha realizado una treintena de traducciones del inglés, francés e italiano, es experto en el mundo editorial y ha publicado más de veinte obras narrativas propias o en colaboración, prestando especial interés a los temas aragoneses. Destaca su ‘Trilogía del Matarraña’, de la mano de March Editores, en versión castellana y catalana. Próximamente aparecerá “Remansos del Matarraña y la Terra Alta”, una crónica turístico-literaria sobre este territorio.

Angélica Morales nació en Teruel, y actualmente reside en Huesca. Actriz y escritora, compagina los escenarios con la literatura. Es autora de varios libros, entre ellos “Benedicto XIII, el Papa Luna: El hombre que fue piedra” (2006), editado por Delsan; “Piel de lagarta” (2007), editado por Certeza; “Yakarta o La última zorra” (2008), de El Atrapamundos; “El duende de cristal” (2008), editado por el Ayuntamiento de Huesca; “Ducha escocesa” (2008), de Certeza, obra colectiva en memoria del escritor José Antonio Román Ledo; “Amar en martes” (2009) editado por Certeza y la novela “La huida del cangrejo” (2010) editado por Mira. Tiene en preparación una nueva novela.

Serret Bloc.

La FACAO, la incansable FACAO, la esperpèntica FACAO

A veri com ho diríem… Ignorància? Sentit del ridícul poc desenvolupat? Hipoirrigació hemàtica cerebral? Hiperirrigació hemàtica gonadal? Ai, quousque tandem abutere, FACAO, patientia nostra?

Multen els membres de la FACAO per no presentar-se al judici contra activistes de la Franja
13 04 2011

La FACAO porta una dècada intententant negar que el català es parla a la Franja. Entre els seus recursos més habituals hi ha l’ús dels tribunals de justícia per a perseguir activistes. En tots els judicis els defensors del català han estat absolts. I en el darrer, que ha estat endarrerit per un any, s’ha imposat una multa de 500 euros per a cadascun dels testimonis de la FACAO que no ha assistit al judici. No s’han presentat els testimonis Raúl Vallés (President de FACAO), Julián Naval i Enrique Naval. 500 euros de multa per cadascú.
Font: Lo cacao de la FACAO

Jo per mi que els de la FACAO porten els mitjons massa apretats, segur; si no, no s’explica.

Blog de Mir Roy i Manel Riu: La FACAO, la incansable FACAO, la esperpèntica FACAO.

“FACAO, les querelles seran el vostre Vietnam” 14 abril 14UTC 2011

Posted by xarxes in Franja.
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Als Estats Units sempre els recorden la gran guerra que van mantindre al Vietnam, i que van perdre tot i ser una superpotència militar. Les contínues pèrdues en hòmens, i el desenvolupament en una realitat que mai van acabar d’entendre, va marcar una gran derrota de la que no sabien com eixir. A la FACAO li està passant una cosa pareguda.

La FACAO és una organització que té com a objectiu oposar-se a qualsevol procés de normalització del català a la Franja. Amb una pretesa defensa del patrimoni aragonès, s’han amagat algunes persones, molt poques, que allarguen els braços des del PAR fins l’extremadreta, l’acció violenta i la intoxicació. Aquells que coneixeu de prop la forma d’actuar, ja sabreu que l’any 2006 van iniciar processos judicials diversos per a atemorir la defensa del català. I tot amb el suport de diferents enllaços amb el partit soci de Govern a Aragó (PAR). Els radicals del Govern utilitzaven els radicals del carrer per a atemorir l’altre soci de Govern, el PSOE, en el procés de reconeixement del català.  L’Estatut d’Aragó va ser un procés que van aconseguir enfonsar, perquè es requeria el seu vot, i a la Llei de Llengües va ser un procés que no van aconseguir anul·lar, perquè la va tirar endavant el PSOE amb el suport de CHA, però va quedar més buida de contingut d’allò que ja s’esperava.

Les querelles eren per la via penal, i no per la civil, per una qüestió molt simple. Si perdien, el procediment penal no els hi suposava un cost econòmic. Si perdien un procediment civil, els podien fer pagar les costes del judici. Ho sabien, però el que els interessava era criminalitzar el lliure debat públic. Finalment, les querelles s’han anat allargant més del que hagueren volgut. Ha passat l’Estatut, ha passat la Llei de llengües, Marcelino Iglesias ha marxat a Madrid i potser hi ha un canvi de govern, mentre les querelles no es tanquen. I això els fa patir per una raó simple: tots els judicis que ha hagut fins ara, a Fraga, a Montsó, a Lleida, a Osca, els han anat en contra. Ho han perdut tot. I per si no és poc, en el darrer judici, com que tres testimonis no s’han presentat (Raúl Vallés, president de la FACAO, i Julián i Enrique Naval, pare i fill), el jutge els ha imposat una multa de 500€ a cadascun. Segurament que hi ha qui deu estar posant en dubte la política criminalitzadora que ha encapçalat Éctor (sic) Castro.

La FACAO porta una dècada intententant negar que el català es parla a la Franja. Entre els seus recursos més habituals hi ha l’ús dels tribunals de justícia per a perseguir activistes.  En tots els judicis els defensors del català han estat absolts. I en el darrer, que ha estat endarrerit per un any, s’ha imposat una multa de 500 euros per a cadascun dels testimonis de la FACAO que no ha assistit al judici.

Tall del Telenotícies de TV3 on es fa referència al Judici contra activistes de la Franja que ha acabat amb una multa als denunciants per no presntar-se com a testimonis.
Original: http://www.tv3.cat/videos/3472391/Telenoticies-comarques—Barcelona (del minut 8:42 al minut 11:47)
No s’han presentat els testimonis Raúl Vallés (President de FACAO), Julián Naval i Enrique Naval. 500 euros de multa per cadascú.

Font: Lo Cacao de la FACAO

Pareix que les querelles seran el Vietnam de la FACAO.

“FACAO, les querelles seran el vostre Vietnam” « Xarxes socials i llengües.

Desideri Lombarte a la Sala Apolo

Vídeos publicats per Joan Pellisa Rosich: XEIC! a l’Apolo!!!! [HQ]

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A UZ plega d’aprebar un diploma d’especialización en filolochía aragonesa.

Ya se qe isto no tiene brenca que bier con un blog sobre ubuntu, pero ye que no podeba pasar sin recentar-tos-ne.

Y ye que ayere a UZ aprebó a creyazión d’un diploma d’especialización en filolochía aragonesa, a proposta estió feita por afacultat de sciencias humanas y d’a educación de Uesca.

Aui tos meto un enrastre d’o decumento.

Diploma especialización en filolochía aragonesa

cito os requisitos d’acceso:

9. REQUISITOS DE ACCESO

Normativa aplicable sobre los requisitos de acceso

Art. 6.- Para obtener el Diploma de Especialización se requerirá la acreditación de un título universitario oficial

o propio de primer ciclo, o haber superado el primer ciclo de una licenciatura. Cuando el contenido de estos estudios lo

justifique, se podrá acordar la admisión a los mismos de aquellos candidatos que acrediten una cualificación profesional

suficiente en materias directamente relacionadas con el contenido de los estudios a realizar, siempre que cumplan los

requisitos legales necesarios para cursar estudios en la Universidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.1

del Real Decreto 1496/1987 de 6 de noviembre. Art. 7.- El Rector podrá autorizar la admisión a aquellos estudiantes a

quienes les falte alguna asignatura para obtener los correspondientes requisitos de acceso con las condiciones que se

determinen. En cualquier caso, la acreditación de los estudios realizados quedará subordinada a que la finalización de

los estudios exigidos como condición de acceso sea anterior a la finalización del curso siguiente al del correspondiente

estudio propio en el que se matricula. (De la Normativa de Estudios Propios de la Universidad de Zaragoza aprobada

por la Junta de Gobierno el 8 de marzo de 1999 y modificada parcialmente por la Junta de Gobierno de 23 de mayo de

2001)

Requisitos de acceso propuestos

Estudios de Primer Ciclo o superiores

Otros requisitos de acceso propuestos

Pueden matricularse Diplomados, Licenciados o Graduados.

Criterios de selección

Tendrán prioridad:

1) Diplomados en la titulación de Maestro o Graduados en Maestro de Educación Infantil o Primaria;

2) Licenciados en Humanidades;

3) Licenciados o Graduados en Filología (Hispánica, Románica, otras);

4) Lic. o Grad. en otras titulaciones universitarias de Letras y Humanidades;

5) Dipl., Grad. o Licenc. en titulaciones de otras áreas. A igual titulación, se tendrá en cuenta el expediente académico.

A UZ plega d’aprebar un diploma d’especialización en filolochía aragonesa. Desperienzias ubunteras.

La FACAO porta una dècada intententant negar que el català es parla a la Franja. Entre els seus recursos més habituals hi ha l’ús dels tribunals de justícia per a perseguir activistes.  En tots els judicis els defensors del català han estat absolts. I en el darrer, que ha estat endarrerit per un any, s’ha imposat una multa de 500 euros per a cadascun dels testimonis de la FACAO que no ha assistit al judici.

Tall del Telenotícies de TV3 on es fa referència al Judici contra activistes de la Franja que ha acabat amb una multa als denunciants per no presntar-se com a testimonis.
Original: http://www.tv3.cat/videos/3472391/Telenoticies-comarques—Barcelona (del minut 8:42 al minut 11:47)
No s’han presentat els testimonis Raúl Vallés (President de FACAO), Julián Naval i Enrique Naval. 500 euros de multa per cadascú.

Font: http://locacaodelafacao.wordpress.com/

Charla sobre Pinturas Rupestres en Beceite y Valderrobres

Hora
dissabte, 16 / abril · 20:30 22:30

Lloc
Casa de la cultura (Valderrobres)

Creat per

Charla sobre Pinturas Rupestres en Beceite y Valderrobres.

V Encuentro de Tambores, bombos y cornetas en Belmonte de San José.

La Franja